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Política
Sin poder lograr el consenso para la Reforma Laboral, Macri lo hará por decreto
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Jueves, 11 de enero de 2018

Bs. As. (11-1-18): El DNU que sería publicado en los próximos días en el Boletín Oficial baja las multas a empresas que tengan trabajadores en la informalidad. Además reducen el tiempo que permanecerán en "veraz laboral" una vez que hayan regularizado la situación. De esta manera el presidente Macri beneficiará con el decreto a los empresarios en deterimento de los trabajadores. Al no poder lograr el consenso necesario para tratar la norma en extraordinarias en el mes de febrero, debido a la reticencia del peronismo a tratarla, Macri en su apuro para "ayudar" a sus pares, los empresarios, sacará la misma por decreto de necesidad y urgencia.

El Gobierno quiere reducir las multas previstas para las empresas con trabajadores no registrados. Según anticipó Ámbito Financiero, esta decisión será parte de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de publicación inminente que incluirá un extenso abanico de medidas bajo la premisa de "desburocratización del Estado" y que, en el aspecto relacionado con el empleo informal, reemplazará parte de los postulados que estaban previstos en el proyecto de ley de reforma laboral.

La medida, a la que tuvo acceso el diario Ámbito Financiero, contempla una modificación integral de la Ley 26.940 sancionada por la administración anterior y que creó el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (Repsal). El cambio prevé una reducción de las multas establecidas en el régimen y también de los tiempos de permanencia de las compañías inspeccionadas dentro del registro, considerado una suerte de "veraz laboral". En la actualidad hay 22 mil empresas incorporadas en ese registro.

En el Ministerio de Trabajo justificaron la relajación de los parámetros del Repsal en la necesidad de facilitarles a las empresas una vuelta a la normalidad lo antes posible una vez saldada su deuda de aportes y contribuciones por haber mantenido personal no registrado. La Ley 26.940 que alumbró el sistema vigente estipula que las compañías sancionadas no pueden "acceder a programas, acciones asistenciales o de fomento, beneficios o subsidios administrados, implementados o financiados por el Estado nacional, líneas de crédito otorgadas por bancos públicos", celebrar contratos de diversa índole ni participar de concesiones o acceder a beneficios económicos de parte del sector público.

Cerca del ministro Jorge Triaca alegaron que las condiciones previstas en el Repsal habían derivado en una suerte de parálisis de las inspecciones del trabajo por considerar que la inclusión en el registro podía significar una suerte de condena al estancamiento o incluso quebranto de las compañías incluidas. En la actual gestión la inspección laboral alcanzó las 100 mil empresas y unos 400 mil trabajadores. La proporción de infracciones llegó a una cuarta parte de los empleados, con una con una tasa de formalización del 70 por ciento.

Según los funcionarios, suavizar las multas y cepos contemplados en el Repsal permitiría relanzar las inspecciones, multiplicarlas y obtener, eventualmente, una mayor propensión al cobro de multas y formalización de asalariados dentro del Plan Nacional de Regularización del Trabajo (PNRT). A la par de la reducción de multas y tiempos de permanencia el decreto que publicará el Ejecutivo aumentará las sanciones para los casos de empleadores reincidentes.

Junto al DNU (con otra decena de ítems incorporados) el Gobierno dará a conocer una batería de resoluciones para acompañar esa normativa con otras medidas tendientes, siempre según el plan oficial, a regularizar el empleo no registrado, que permanece estancado en una proporción por arriba del 33% de informalidad desde hace más de un lustro. El plan fue desarrollado entre las carteras de Trabajo y Producción, y avanza sobre algunos de los postulados que el Gobierno había previsto debatir en el Congreso como parte de su proyecto de reforma laboral, hoy en suspenso.

Uno de los artículos del decreto reduce de 90 a 30 días el plazo de permanencia en el Repsal de los infractores que acrediten "la imposibilidad fáctica o jurídica de cumplir con la regularización de la conducta que generó la sanción". Y limita al propio Gobierno a un período de "no más de 30 días corridos para efectivizar la inscripción en el Repsal" una vez constatada la irregularidad.

Además, deroga un artículo que condenaba a las empresas infractoras que hubiesen incurrido en "obstrucción a la labor de la inspección del trabajo" a permanecer en el registro por 180 días más una vez regularizados sus pagos pendientes.


Jueves, 11 de enero de 2018

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