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Política
Yardín presenta Proyecto de Ley para prevenir el abuso a niños y adolescentes por medio de internet conocido como Grooming
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Martes, 10 de julio de 2018

Corrientes (10-7-18): El Diputado libreño Alberto Yardín interesado y preocupado por uno de los problemas que aquejan a nuestros niños y jóvenes a partir del avance de las nuevas tecnologías como lo es el GROMMING, que es el hecho mediante el cual adultos mayores contactan a niños y jóvenes mediante las redes sociales y mediante engaños intentan llevarlos a establecer una relación de amistad para luego llegar a intenciones sexuales, presentó un proyecto de Ley en donde se crea un Programa de Concientizacion y Uso Responsables de las Nuevas Tecnologías (TIC), para la Prevención Frente al Grooming que quedaría bajo la órbita del Ministerio de Educación con la finalidad de ahondar en la problemática desde las escuelas sin dejar de lado la responsabilidad familiar en el control y prevención, tratando de detectar cuando los niños son víctimas de este tipo de abusos.

Qué es el grooming y cómo prevenirlo.

Se habla de grooming cuando un adulto contacta a un menor de edad a través de Internet y mediante la manipulación o el engaño oculta su condición de adulto; y logra que el niño o niña realice acciones de índole sexual. El problema se agudiza a partir del desconocimiento del problema por lo cual “todavía la mayoría de los casos no se denuncian”, de acuerdo a estimaciones que se manejan las denuncias son miles por año por lo cual se presume que son muchísimas más, dado que 7 de cada 10 personas desconocen que es el Grooming.

Desde organizaciones sin fines de lucro indican que “Los adultos tienen que informarse e involucrarse, tanto para prevenir que esto suceda, como para contener a los chicos una vez que un caso ocurre” lo que también debe reforzarse desde las escuelas razón por la cual el legislador presenta el proyecto.

Proyecto presentado por Alberto Yardín
INICIADOR/RES: Diputado YARDIN, Ceferino Alberto

OBJETO: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES EL PROGRAMA DE CONCIENTIZACION Y USO RESPONSABLES DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS (TIC), PARA LA PREVENCION FRENTE AL GROOMING

FUNDAMENTOS
Dado el gran auge que existe en la actualidad en materia tecnológica a través de internet, tales como correos electrónicos, redes sociales, chats, juegos en línea, telefonía móvil y otras tantas modalidades que hoy están al alcance de la población en general y mediante las cuales se cometen un sinfín de delitos, dentro de los que cobran una relevancia importante el “GROOMING”, problema este que afecta en forma directa a nuestros niñas y niños a través de internet en sus distintas variantes. Al GROOMING, el que consiste en acciones
deliberadas por parte de adultos quienes buscan establecer lazos de amistad con niñas y niños por medio de internet, con el propósito de obtener satisfacciones sexuales. El grooming es un proceso que puede durar semanas e incluso meses y por lo general puede seguir los siguiente pasos:
1º) El adulto elabora lazos de amistad con el niño, fingiendo ser otro niño. Empieza una relación que se ha dado en llamar de engatusamiento, de contacto, de conocimiento, en el que la finalidad del adulto es una cita con ese menor que puede acabar en abuso sexual.
2º) El adulto conquista la confianza del niño, y a través de ello
consigue datos personales y de contacto con el menor.
3º) El adulto intenta establecer encuentro físico con el menor de dos formas: a) Enseñándole imágenes de contenido sexual
e invita al menor a que envíe fotos suyas. Una vez conseguida imágenes comprometidas del menor, el adulto empieza el ciberacoso, chantajea al menor para conseguir contacto físico; o
bien el adulto engaña al menor tratando de conocer los intereses del mismo, los que pueden ser de variada naturaleza tales como, deportivos, artísticos, sobre los cuales el adulto manifiesta tener un cierto grado de influencia que le pueden brindar a los niños o
niñas una gran oportunidad, y de esa forma concretar un encuentro físico con los mismos.
En este sentido no deja de tener importancia el rol principal que juegan los padres en el control que deben efectuar respecto a los niños en la utilización responsable de estos nuevos sistemas de comunicación, pero también no es menos cierto que el Estado debe necesariamente brindar a los niños todo tipo de información que les permita una utilización responsable de las tecnologías e información (TIC), mediante la creación de un Programa
Concientización e información para el uso responsable de las Tecnologías e Información y la Comunicación (TIC) para la prevención y cuidado frente al grooming.
Por todos los fundamentos expuestos ruego una sanción favorable del presente proyecto de
ley, el que queda redactado de la siguiente manera:

LEY Nº......
EL HONORABLE SENADO Y LA HONORABLE CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:

CREACION EN EL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES EL PROGRAMA DE CONCIENTIZACION Y USO RESPONSABLE DE LAS NUEVAS TECNOLOGIAS (TIC), PARA LA PREVENCION FRENTE AL GROOMING

ARTÍCULO 1º.- Créase, bajo la órbita del Ministerio de Educación de la Provincia de Corrientes, el Programa de Concientización e Información para el uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) y para la Prevención y cuidado frente al Grooming.-

ARTÍCULO 2º.- Es competencia exclusiva del Ministerio de Educación de la Provincia de Corrientes, en el marco del Programa creado en el artículo 1º de esta Ley:
a) La confección y difusión de recursos didácticos, bibliográficos y digitales que permitan conocer los riesgos y peligros relativos al uso de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, tales como correos electrónicos, redes sociales, chats, juegos en línea y
telefonía móvil, entre otros,
b) La capacitación de docentes y alumnos del profesorado mediante talleres, seminarios y clases especiales orientadas a acompañar a los estudiantes, desde una mirada reflexiva, en el
uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación;
c) La información y asesoramiento a las familias de la comunidad educativa, y
d) El asesoramiento sobre el modo de actuar en caso de detección de posibles situaciones de Grooming o uso irresponsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

ARTÍCULO 3º.- Incorpórase a los diseños curriculares del Sistema Educativo Provincial la enseñanza del uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación y de la prevención y cuidado frente al Grooming.

ARTÍCULO 4º.- Créase un sitio web con información útil para los usuarios-docentes, niñas, niños, adolescentes, padres y abuelos- referido a Grooming y uso responsable de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, con la finalidad de que obtengan
material necesario, concientizador y preventivo respecto a la temática, permitiendo el ingreso reservado para efectuar consultas.

ARTÍCULO 5º.- El Ministerio de Educación de la Provincia de Corrientes deberá incluir esta temática en todos los ambientes escolares y extraescolares donde se divulgue el uso pedagógico de las Tecnologías de la Información y la Comunicación.

ARTÍCULO 6º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.


Como prevenir

Entre las formas de prevenir, Argentina Cibersegura recomienda tener en cuenta:

-Intentar que los chicos sientan que padres y docentes se preocupan por lo que hacen en las redes sociales, que el tema se vuelva en un diálogo cotidiano.
-Hablar de la problemática con los menores. Explicar la importancia de la intimidad, y qué fotos se pueden subir o no a las redes, qué contenidos no deben compartirse nunca aunque otra persona les pida.
-Educar y concientizar a los chicos para que puedan reconocer cuando están una situación de Grooming, y puedan pedir ayuda, como el caso de la nena de 11 años que pudo contarle a su papá, y se evitó una situación aún peor.

Al respecto, el experto en seguridad de la información comenta a este medio: “Muchas veces los chicos no les cuentan a los padres porque sienten que se van a enojar y los van a retar: es muy importante que sientan que pueden contarles este tipo de cosas para que ellos puedan denunciar”.

En Argentina el Grooming es un delito penal bajo la Ley 26.904, sancionada en 2013 y prevé una pena de 6 meses a cuatro años. Sin embargo, es un delito excarcelable, por lo que para ese delito no se aplica la prisión preventiva. Qué hacer ante un caso. Es importante no borrar ni modificar la evidencia del contacto del menor con la persona: fotos, chats, y datos de contacto sirven como prueba para poder presentarse en cualquier comisaría cercana de manera inmediata y hacer la denuncia. En cualquier dependencia policial tienen la obligación de tomarla. Luego de hacerla, recomiendan a su vez preservar esas pruebas. Por último, Bortnik sostiene que utilizar herramientas de control con los chicos sirve para edades tempranas, pero a medida que los menores crecen, encuentran la forma de “saltear” esos controles, ante lo que recomienda: “Hay que trabajar para empoderar a los chicos lo antes posible”. (Fuente www.perfil.com). El periodismo profesional es costoso y por eso debemos defender nuestra propiedad intelectual. Robar nuestro contenido es un delito, para compartir nuestras notas por favor utilizar los botones de "share" o directamente comparta la URL.



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