Corrientes (29-9-11): El doctor Gustavo Sánchez Mariño, en su calidad de presidente de la Junta Electoral de Corrientes, señaló que “rechazamos el pedido de avocamiento” que solicitó ayer la corte provincial a dicha autoridad electoral. Argumentó que “una vez que un conflicto ha tenido resolución, no puede otro órgano jurídico entender sobre lo mismo, si no sería un escándalo jurídico", dijo en atención a los alcances de la Ley de Simultaneidad.
La Junta Electoral Provincial no sólo rechazó el planteo de la corte provincial, sino que confirmó lo resuelto por la Junta Electoral Nacional, competente ésta en la fiscalización de los comicios del 23 de octubre.
A través de la Resolución Nº 76, con fecha del 29 de septiembre, los miembros de la Junta Electoral Provincial, con la firma del doctor Carlos Benítez Meabe, María Eugenia Herrero, con la Presidencia del doctor Gustavo Sánchez Mariño resolvieron rechazar el planteo efectuado por el STJ y comunicar lo resuelto a la Junta Electoral Nacional.
Así, la Resolución 76 responde la resolución Nº 14 del STJ con fecha de ayer, que ordena a la Junta Electoral la verificación del cumplimiento de la Ley de Simultaneidad en los 18 Municipios que convocaron a elecciones a concejales.
Viernes, 30 de septiembre de 2011