Domingo, 29 de Septiembre de 2024
  
29/09/2024 14:26:06
Política
La Justicia Electoral oficializó a la Alianza Frente para la Victoria
Compartir en Facebook    Compartir este artículo en Twitter    Compartir este artículo en WhatsApp    Imprimir esta nota
Martes, 9 de abril de 2019

Corrientes (9-4-19): La Jueza María Eugenio Herrero con competencia electoral oficializó la alianza "Frente para la Victoria" para competir en los comicios del 2 de junio. A pesar de todas las operaciones y presiones para dejar fuera del juego a la alianza liderada por el sector oficialista del Partido Justicialista y que es encabezada por el ex intendente Fabián Ríos, la justicia dictaminó que dicha alianza pueda participar en los comicios provinciales. Cabe destacar que desde todos los sectores internos del peronismo pretendieron hacer caer la lista, inclusive hasta los que ni siquiera tuvieron la fortaleza para presentarse en la contienda. La jueza Herrero dejó en claro en su escrito que la alianza cumplimentó todos los recaudos legales correspondientes por lo que el Frente para la Victoria pondrá a consideración de los correntinos una alternativa opositora válida para poder frenar al oficialismo y ser el primer paso antes de las elecciones nacionales de octubre en donde es de esperar que la suerte de nuestro país cambie para bien.
Copia del fallo en interior


Fallo de la Jueza Herrero

"ALIANZA FRENTE PARA LA VICTORIA S/ RECONOCIMIENTO DE PERSONERIA JURIDICA-POLITICA"
Nº 2- Sl Corrientes, 09 de Abril de 2019.-

VISTO Y CONSIDERANDO: Que los Partidos Políticos, son órganos indispensables en la democracia representativa, regulados por numerosas leyes y meritados de un modo positivo y favorable para la vida política, para la acción de los poderes gubernamentales y para la democracia del país (Fallo 253 - 134, CSJN); que la Ley Nº 3767/83 Orgánica de los Partidos Políticos de la Provincia, garantiza a los ciudadanos el derecho de asociarse libremente con fines políticos, pudiendo con tal propósito agruparse en partidos democráticos, confederarse entre sí, fusionarse y celebrar alianzas transitorias con motivos de una determinada elección (Arts. 13 y 16 de la Ley Nº 3767).
Que los intervinientes en autos, han cumplimentado con los recaudos prescritos por el Art. 16 de la Ley Orgánica de los Partidos Políticos Nº 6042 a los fines de la constitución y aprobación de la Alianza cuyo reconocimiento se peticiona. Por todo ello, y lo dispuesto por los Arts. 16, 18, 20 y concordantes de la Ley Nº 3767, es que RESUELVO: 1 º) RECONOCER a la ALIANZA de autos -según planilla que antecede-, con carácter transitorio para las categorías electivas respectivas de las elecciones provinciales/comunales a realizarse el día 0210612019, con los derechos y obligaciones que en tal carácter, y como persona de derecho privado le confiere la legislación común y las Cartas Orgánicas de los partidos que la integran.
2º) Tener por aprobada la manera de distribución de cargos de la Alianza conforme fuera peticionada en el Acta Constitutiva suscripta por los representantes de cada partido político integrante de la Alianza y en adecuación a la convocatoria dispuesta y aprobada.
3º) Tener por apoderados comunes a quienes fueren designados en la presentación inicial de los presentes obrados y por constituido domicilio legal.
4º) Conceder el uso exclusivo del nombre adoptado y adjudicar el Número obrante en la grilla que antecede.
5º) Por Secretaría , expídase copia de la Planilla Anexa.
6º) Notifiquese con habilittcif;} e@ By horas a los apoderados de la alianza.-


Martes, 9 de abril de 2019

Copyright ©2008
Surcorrentino.com.ar
Todos los derechos reservados

DESARROLADO POR:
www.chamigonet.com.ar