Corrientes (13-5-21): En un insólito fallo, un juez de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes declaró inconstitucional (sin dar intervanción al Estado) la administración de fronteras terrestres seguras para que un hombre vaya al cumpleaños de su novia brasileña en Porto Alegre. Así lo denunció desde su cuenta de tuiter Florencia Carignano, Directora Nacional de Migraciones. Florencia Carignano denunció que un juez correntino falló contra la administración de fronteras terrestres seguras para que un hombre vaya a Porto Alegre al cumpleaños de su novia. Migraciones apelará el fallo del camarista correntino que tomó la decisión contra la opinión del juez y la fiscalía sin notificar al Estado. Nos enteramos de un fallo insólito por el Facebook de un juez de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes. Sin dar intervención al Estado declaró inconstitucional la administración de fronteras terrestres seguras, para que un hombre vaya al cumpleaños de su novia brasileña. pic.twitter.com/gfYtTCEops El juez de primera instancia y la fiscalía rechazaron el pedido.
Carignano anticipó que el organismo apelará el fallo de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes que declaró inconstitucional la Disposición N° 1175/21 de la DNM y que le permitió a un ciudadano correntino viajar a Porto Alegre, Brasil, para visitar a su pareja.
“Nos enteramos de un fallo insólito por el Facebook de un juez de la Cámara Federal de Apelaciones de Corrientes. Sin dar intervención al Estado, declaró inconstitucional la administración de fronteras terrestres seguras, para que un hombre pueda ir al cumpleaños de su novia brasileña”, señalo Carigano a través de sus redes sociales.
En ese sentido, la titular de Migraciones, organismo que depende del Ministerio del Interior a cargo de Wado de Pedro, señaló que las disposiciones de la DNM “son herramientas clave para contener la propagación de un virus que aún es un flagelo para el mundo” y adelantó que pedirá la nulidad del proceso porque “además de irresponsable, omitió procedimientos básicos”.
“El fallo carece de fundamento alguno. De aplicarse generaría un grave perjuicio a la salud pública en momentos en que toda la Argentina extrema cuidados. ¿Quién se hará cargo de las consecuencias?”, remarcó Carignano.
El fallo de Cámara carece de fundamento alguno y de aplicarse generaría un grave perjuicio a la salud pública cuando toda la Argentina extrema cuidados.
¿Quién se hará cargo de las consecuencias del fallo?
Jueves, 13 de mayo de 2021