Paso de los Libres (24-6-20): Se prorroga de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 60 (sesenta) días corridos, la vigencia de las Licencias Nacionales de Conducir de las ciudadanas y los ciudadanos mayores de SESENTA (60) años de edad.
RESOLUCIÓN N° 1 2 2 D.E.M.
PASO DE LOS LIBRES, 19 JUNIO 2020
VISTO:
Los Decretos Nacionales de Necesidad y Urgencia N° 260/2020, Nº
297/2020, N° 325/2020, N° 355/2020, Nº 408/2020, Nº 459/2020, Nº 493/2020 y Nº520/2020, la Resolución del Ministerio de Salud Nº 627/2020, la Disposición Nº 264/2020 DE LA Agencia Nacional de Seguridad Vial, Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal Nº 113/2020, el Artículo 8 inciso b), el Artículo 19° inciso 17) de la Carta
Orgánica Municipal, la Ordenanza N° 353/02 C.D., la Ordenanza N° 1.420/20 C.D.; y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 260 del 12 de marzo de
2020, el Poder Ejecutivo Nacional, amplió la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley 27.541, en virtud de la Pandemia declarada por la ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD (OMS), en relación con el COVID-19, por el plazo de UN (1) año a partir de la entrada en vigencia del mencionado decreto.
Que a través del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 297 de 19 de
marzo de 2020 el Poder Ejecutivo Nacional, estableció para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria, el “aislamiento social, preventivo y obligatorio”, que fue prorrogada, sucesivamente, por los Decretos Nros. 325/20, 355/20,
408/20, 459/20 y 493/20.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 520/2020 el Poder
Ejecutivo Nacional establece un nuevo marco normativo para todas aquellas zonas en donde no existe circulación comunitaria de SARS-CoV-2. Por ende, a partir del dictado del decreto de mención, regirá el “DISTANCIAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO”.
Que de acuerdo a las indicaciones realizadas por el Ministerio de Salud
de la Nación en Resolución Nº 627/20, las personas mayores de sesenta (60) años de edad, deberán permanecer en el domicilio la mayor parte del tiempo y minimizar el contacto social y no asistir a actividades sociales, lugares de alto tránsito y aglomeración de personas, ello a fin de evitar un posible contagio.
Que en el presente contexto e instancia de la emergencia sanitaria y de
la situación epidemiológica actual, resulta necesario continuar implementando acciones y políticas excepcionales, con relación a las medidas sanitarias dictadas por el Gobierno Nacional.
Que mediante la Disposición Nº 264/20 la Agencia Nacional de Seguridad Vial insta a las Jurisdicciones que otorgan la Licencia Nacional de Conducir mediante Centros Emisores de Licencias (CELs) homologados y certificados por la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, en el marco de sus prerrogativas y a través de sus autoridades, a prorrogar de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término que consideren oportuno y razonable, la vigencia de las Licencias Nacionales de Conducir de las ciudadanas y los ciudadanos mayores de SESENTA (60) años de edad.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades
conferidas por la Carta Orgánica al Ejecutivo Municipal en el Artículo 19° inciso 17) donde autoriza tomar todas aquellas medidas que la salud general exija y por imperio del Artículo 8 inciso b) la salud y la asistencia social constituye una política especial del Municipio de Paso de los Libres, la Ordenanza N° 353/02 C.D. que dispone que el Intendente Municipal tendrá a su cargo la planificación, organización, promoción, coordinación, control y dirección de la Defensa Civil y eventualmente la conducción de las operaciones de emergencia dentro del ámbito municipal y la Ordenanza N° 1.420/20 C.D. que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer y reglamentar restricciones o limitaciones a los derechos en forma razonable y proporcionada, siguiendo la evolución de la pandemia declarada y las medidas nacionales o provinciales que se dispongan.
POR ELLO
El INTENDENTE MUNICIPAL DE PASO DE LOS LIBRES
RESUELVE:
Artículo 1º. ADHIÉRESE el Municipio de Paso de los Libres a la Disposición Nº 264/2020 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial.
Artículo 2º. PRORRÓGUESE de manera preventiva y con carácter excepcional, por el término de 60 (sesenta) días corridos, la vigencia de las Licencias Nacionales de Conducir de las ciudadanas y los ciudadanos mayores de SESENTA (60) años de edad.
Artículo 3º. La presente resolución es refrendada por el Secretario de Gobierno.
Artículo 4: Comuníquese, regístrese, publíquese, archívese.-
Miércoles, 24 de junio de 2020