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Política Coronavirus
Paso de los Libres regresó a Fase 5 de la Aspo
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Martes, 27 de julio de 2021

Paso de los Libres (27-7-21): El Ejecutivo Municipal a través de la Resolución N°190/21 definió instrumentar las medidas de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio de Fase 5 en la ciudad de Paso de los Libres; en función de la decisión sanitaria comunicada por el Gobierno de la Provincia de Corrientes. Se resolvió:

Establecer la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio- FASE 5, en los términos ordenados por esta resolución, para todas las personas que residan o transiten en la Jurisdicción del Municipio de Paso de los Libres, conforme lo dispone el Gobernador de la Provincia de Corrientes.

Se requiere a la población en general a extremar el cumplimiento de las reglas de conducta de prevención:

Distanciamiento entre personas de DOS (2) metros, utilizar tapabocas, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades dispuestos por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Se establece en la ciudad de Paso de los Libres las siguientes medidas:

Se habilitan las reuniones sociales y familiares cumpliendo estricto protocolo de seguridad sanitaria.

Se habilitan los establecimientos religiosos y de culto respetando la distancia de una persona cada nueve metros cuadrados (9 m2) de espacio vacío, por turno con protocolo.

Se habilita la atención en bares en horario normal y habitual con las medidas de distanciamiento social debido, cantidad de personas autorizadas y protocolos respectivos.

Se habilita el comercio en general, en su horario normal y habitual, con las medidas de distanciamiento social debido, cantidad de personas autorizadas y protocolos respectivos.

Se habilitan las actividades físicas y recreativas en los lugares que se encuentren autorizados por el Ejecutivo Municipal.

Resolución N°190:

VISTO:

La decisión del Gobernador de la Provincia de Corrientes de disponer
el pase a la Fase 5 de la Administración de la medida de Distanciamiento Social preventivo y Obligatorio a la ciudad de Paso de los Libres, los Artículos 8° inciso y 19° inciso 17) de la Carta Orgánica Municipal, las Ordenanzas Nros. 353/02 C.D. y 1.420/20 C.D., y;
CONSIDERANDO:

Que atento a la evolución de la pandemia del coronavirus Covid-19 en
la ciudad de Paso de los Libres, el Gobierno Provincial a través de su titular Dr. Gustavo Valdés, anunció a través de sus cuentas oficiales el pase a la Fase 5 que establece la medida de Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio para la Ciudad de Paso de los Libres.

Que el plan nacional de vacunación en conjunto con la Provincia de
Corrientes y la colaboración de la población han sido fundamentales para disminuir la propagación viral, la inmunización y la recuperación de los casos activos, lo que permite el avance a la Fase 5 de la administración del aislamiento preventivo y obligatorio.

Que la situación epidemiológica en la Ciudad de Paso de los Libres está
en este momento controlada, con el sistema de salud pública en óptimas condiciones
operativas.

Que la evolución de los casos activos de Covid-19 en la ciudad se ha
mantenido dentro de las expectativas evaluadas por el Comité de Crisis de la Provincia, lo que permite asegurar la eficacia y eficiencia de la prestación de servicios del sistema sanitario.

Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades
conferidas por la Carta Orgánica al Ejecutivo Municipal en el Artículo 19° inciso 17) donde autoriza tomar todas aquellas medidas que la salud general exija y por imperio del Artículo 8° inciso b) la salud y la asistencia social constituye una política especial del Municipio de Paso de los Libres, la Ordenanza N° 353/02 C.D. que dispone que el Intendente Municipal tendrá a su cargo la planificación, organización, promoción, coordinación, control y dirección de la Defensa Civil y eventualmente la conducción de las operaciones de emergencia dentro del ámbito municipal y la Ordenanza N° 1.420/20 C.D. que faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a establecer y reglamentar restricciones o limitaciones a los derechos en forma razonable y proporcionada, siguiendo la evolución de la pandemia declarada y las medidas
nacionales o provinciales que se dispongan.

POR ELLO

El INTENDENTE MUNICIPAL DE PASO DE LOS LIBRES

RESUELVE:

Artículo 1o. ESTABLÉCESE la medida de “Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio- FASE 5, en los términos ordenados por la presente Resolución, para todas las personas que residan o transiten en la Jurisdicción del Municipio de Paso de los Libres, conforme lo dispone el Gobernador de la Provincia de Corrientes.

Artículo 2o. REQUIÉRASE a la población en general a extremar el cumplimiento de las reglas de conducta de prevención: Distanciamiento entre personas de DOS (2) metros, utilizar tapabocas, higienizarse asiduamente las manos, toser en el pliegue del codo, desinfectar las
superficies, ventilar los ambientes y dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades dispuestos por el Departamento Ejecutivo Municipal.

Artículo 3o. ESTABLÉCESE en la ciudad de Paso de los Libres las siguientes medidas:
a) Habilítese las reuniones sociales y familiares con cumpliendo estricto del protocolo de seguridad sanitaria.
b) Habilítese los Establecimientos Religiosos y de Culto respetando la distancia de una persona cada nueve metros cuadrados (9 m2) de espacio vacío, por turno con protocolo.
c) Habilítese la atención en bares en horario normal y habitual con las medidas de distanciamiento social debido, cantidad de personas autorizadas y protocolos respectivos.
d) Habilítese el comercio en general, en su horario normal y habitual, con las medidas de distanciamiento social debido, cantidad de personas autorizadas y protocolos respectivos.
e) Habilítese las actividades físicas y recreativas en los lugares que se encuentren autorizados por el Ejecutivo Municipal.

Artículo 4o. INSTRÚYASE a la Dirección de Defensa Civil a tomar todas las medidas pertinentes para la implementación de la presente Resolución y el estricto cumplimiento de los Protocolos de Seguridad e Higiene Covid-19 aprobados por el Municipio de Paso de los Libres.

Artículo 5o. CONTROL. COOPERACIÓN. SOLICÍTESE al Ministerio Público Fiscal y a las Fuerzas de Seguridad extremar los controles de reuniones y fiestas clandestinas con el fin de coadyuvar a garantizar el cumplimiento de las medidas de protección sanitaria que evitan la
propagación del virus.

Artículo 6o. La presente Resolución es refrendada por el Secretario de Gobierno.
Artículo 7o. Comuníquese, regístrese, publíquese, archívese.-


Martes, 27 de julio de 2021

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