Fue una idea innovadora en materia de Salud Pública y por eso en ambas cámaras legislativas (Diputados y Senadores) se aprobó unánimemente la creación del Banco de Leche Materna para que funcione en un hospital público
Su mentor fue justamente un ex ministro de Salud Pública de la Provincia, David Dos Santos, hoy senador provincial del radicalismo con gran cercanía al círculo íntimo del gobernador Ricardo Colombi.
El proyecto de ley lleva el nombre de “Promoción y Protección de la Lactancia Materna” y el 18 de agosto del año pasado la Cámara de Diputados aprobó el texto que venía sancionado unánimemente por sus pares del Senado. Continuó el derrotero con su promulgación por parte del Ejecutivo el 3 de septiembre de 2010.
Así, la flamante norma sancionada y promulgada debía ser instrumentada por el Ministerio de Salud Pública de la Provincia, sin embargo hasta hoy cumple el sueño de los justos en algún anaquel de la cartera conducida por Julián Dindart, actual ministro de Salud Pública.
Fuentes consultadas por época en el ámbito gubernamental explicaron que la sintonía entre Dindart y Dos Santos no es del todo clara. Algunos incluso arriesgaron la existencia de celos entre quien ocupó la cartera sanitaria, hoy devenido en legislador, y el actual Ministro. Si bien lo de las asperezas podría existir sólo en el imaginario de los hombres que habitan el poder de turno, un dato es claro: Dindart fue segundo de Dos Santos ocupando la Subsecretaría de Salud cuando éste dirigía el Ministerio en el primer gobierno de Ricardo Colombi (2001-2005).
La otra cuestión es el reconocimiento recibido por el autor de la Ley en diversos encuentros y disertaciones en materia de salud materno infantil puertas afuera de la provincia. Corrientes, de haber aplicado la norma -aún está a tiempo-, hubiese ingresado a un acotado grupo de provincias que poseen un Banco de Leche Materna pero con el plus de funcionar en un espacio propio.
Los gastos que demandará la concreción del Banco de Leche Materna Humana se solventarán con recursos del Presupuesto General de la Provincia. Así lo establece el artículo 11 de la Ley que aguarda por su aplicación que es clave para evitar enfermedades en recién nacidos que no puedan ser amamantados por sus madres.
Domingo, 13 de marzo de 2011