La Cámara Nacional de Casación Penal además, estableció que las muestras de ADN sean comparadas sólo con las de familiares de personas desaparecidas hasta julio de 1976. "Es un condicionamiento inoportuno que no nos merecemos", dijo Estela de Carlotto.
“La sala II de la Cámara Nacional de Casación Penal resuelve confirmar la decisión recurrida en cuanto confirmó el pronunciamiento de la jueza federal Sandra Arroyo Salgado, que ordenó la extracción directa, con o sin consentimiento, de mínimas muestras de sangre, saliva o cabello pertenecientes en forma indubitable a Marcela y Felipe Noble Herrera”, se anunció este mediodía desde los tribunales de Comodoro Py.
En una audiencia que fue televisada en vivo y en directo para los canales que quisieron transmitirlo, el tribunal estableció un límite de tiempo para trazar la comparación entre las muestras de ADN de los Noble Herrera con las que permanecen en el Banco Nacional de Datos Genéticos.
“La comparación de Marcela será con los perfiles de ADN de las muestras aportadas al Banco hasta el 13 de mayo de 1976”, afirmaron. En el caso de Felipe, la comparación se limitará “a los perfiles de ADN “de las muestras aportadas por parientes reclamantes con relación a personas desaparecidas hasta el 7 de julio de 1976”.
Los camaristas Guillermo Yacobucci, Luis Garcia y Raúl Madueño se refirieron así a las fechas que figuran en el expediente judicial de guarda y adopción iniciado por la directora de Clarín, Ernestina Herrera de Noble, para conseguir la custodia de sus dos hijos adoptivos, por entonces bebés.
“Con el optimismo de lucha que tenemos, salimos bien. Evidentemente, los abogados nuestros no han leído todavía los fundamentos de esta decisión pero lo bueno que se refleja en lo que se leyó es que es obligación la extracción de sangre o la entrega de elementos que contengan ADN. De eso no se escapa: tienen que analizarse como se estipula”, afirmó Estela de Carlotto a la salida de los tribunales.
“Nos preocupa la limitación que se pone en términos cronológicos para la comparación. Estamos reconstruyendo la historia cada día: la información que salio de los ladrones de nuestros nietos siempre fue falseada, incluso las fechas”, agregó la presidenta de la asociación Abuelas de Plaza de Mayo.
Y subrayó: “Condicionar esto, con un margen tan cortito, creo que nos ofende. Es un condicionamiento inoportuno que no nos merecemos ni nosotros ni la sociedad”.
Consultada sobre un reciente viaje que hizo a Estados Unidos, Carlotto relató: “En el mundo me preguntan qué pasa con los hijos apropiados de Ernestina Herrera de Noble. Esto va a sentar un precedente muy grande, van a caer muchas cabezas”.
La decisión de la Justicia se tomó en el marco de la causa que intenta determinar desde hace una década si los hijos adoptivos de la dueña del Grupo Clarín, Ernestina Herrera de Noble, fueron apropiados durante la última dictadura militar.
Tras escuchar los argumentos de las partes el jueves pasado, los camaristas dieron a conocer su decisión, que no quedaría firme ya que aún puede ser recurrida ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
La titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, había manifestado su “expectativa” de que la Sala II de la Cámara de Casación Penal “resuelva ateniéndose a justicia”, en referencia al fallo. Carlotto no ocultó su disgusto ante la actitud de los abogados de los hijos adoptivos de la dueña de Clarín, ya que “siguen poniendo piedras en el camino” y están “impidiendo la posibilidad que se conozca la verdad”.
La medida de prueba había sido resuelta en diciembre pasado por la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado y ratificada por la Cámara Federal de San Martín, pero llegó a Casación ante la negativa de ambos hermanos de entregar las muestras para estos análisis.
En la audiencia del jueves último, la medida de Arroyo Salgado fue respaldada por la fiscalía ante Casación, a cargo de Raúl Plee, quien sostuvo que debe rechazarse la apelación de los jóvenes en sintonía con Abuelas de Plaza de Mayo y Pablo Llonto, abogado de una de las familias querellantes.
Arroyo Salgado ordenó la toma de muestras sin consentimiento tras resolver no usar sangre entregada de forma voluntaria por los hermanos en diciembre de 2009 al anterior juez del caso, Conrado Bergesio, por entender que no estaba garantizada la cadena de custodia de esa evidencia.
Jueves, 2 de junio de 2011