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Seguridad
Ley de tierras: Corrientes censa las tierras en manos extranjeras
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Domingo, 8 de abril de 2012

Sesenta días es el plazo que tienen las provincias para elevar un informe al Ministerio de Agricultura de la Nación, sobre la extensión y el porcentaje de tierras productivas rurales que existe en cada territorio en manos de capitales extranjeros. Surge de la reglamentación de la Ley Nacional Nº 26.737, conocida como "Ley de tierras".

Según el decreto nacional, en 60 días las provincias deberán informar la superficie total de cada una de las propiedades extranjerizadas; los departamentos, municipios o divisiones políticas en la que están; discriminando las tierras rurales y las urbanas.

Las provincias deberán informarle al Ministerio de Agricultura de la Nación la totalidad de predios rurales de titularidad de personas físicas o jurídicas extranjeras; "según surja de los organismos provinciales competentes, o en posesión de extranjeros, ordenados por departamento, municipio o división política equivalente".

En este contexto el gobernador correntino Ricardo Colombi ya dio la orden a la Dirección de Catastro y el Registro de la Propiedad Inmueble para que inicien el relevamiento y las averiguaciones y pesquisa; a fin de informar sobre las extensiones de tierras en la provincia que están en posesiones de capitales foráneos.

En el marco del "Plan Iberá", el Ministerio de Producción correntino ya realizó tareas de censo catastral en las 1,3 millones de hectáreas de la Reserva; de las cuales se determinó que 550 mil hectáreas (42,31%) son tierras fiscales y 750 mil hectáreas (el 57,69%) están en manos de privados, gran parte de ellas en manos de extranjeros o de argentinos no nacidos ni residente en la provincia.

La denominada "Ley de Tierras" fue aprobada el 22 de diciembre pasado y establece, entre otras cosas, un límite del 15% para toda titularidad de dominio o posesión de tierras rurales en el territorio nacional respecto de personas de nacionalidad extranjera.

Y dispone que las tierras rurales de un mismo titular extranjero no podrán superar las "mil hectáreas o superficie equivalente" según la ubicación territorial, a determinar por el Consejo Interministerial de Tierras Rurales. Quedan exceptuados de las limitaciones, el dictamen estableció que son los extranjeros que cuenten con 10 años de residencia continua, permanente y comprobada.


Domingo, 8 de abril de 2012

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