El fallo tiene un alto contenido político. Uno de los jueces advirtió sobre "zozobra e inseguridad" que puede surgir en la sociedad ante la suposición que el Poder Judicial puede modificar la Constitución.
Por apenas un voto (el del cuestionado ministro Juan Carlos Codello) el Superior Tribunal de Justicia anuló lo resuelto por la última Convención Constituyente en el sentido de subdividir el Ministerio Público en tres partes, sumándole a la figura del Fiscal General del Poder Judicial, la del Defensor General y la del Asesor General.
Al hacer lugar así a una demanda iniciada por el fiscal César Sotelo contra el Estado provincial, sólo queda la instancia de apelación ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El correlato político de esta instancia judicial es bastante inquietante. Uno de los ministros que votó en disidencia con la opinión mayoritaria, Guillermo Semhan, llegó a advertir sobre la «zozobra e inseguridad que provocaría tal declaración en la sociedad».
Al arrogarse la facultad de revisión de la nueva Constitución Provincial, no pocos observadores políticos intuyen a esta altura la posibilidad que en un próximo fallo el mismo STJ termine por invalidar la posibilidad que el actual gobernador Arturo Colombi tenga de ser reelecto en caso de presentarse nuevamente como candidato en octubre próximo.
Así las cosas, no resulta exagerado el titular de EL LIBERTADOR en la portada de esta edición al comparar esta decisión del máximo tribunal de justicia de la provincia como «un misil al Gobierno».
CLIMA POLITICO
El Superior hizo lugar al planteo del fiscal general César Sotelo, que cuestionó las figuras del Defensor y del Asesor General. La decisión se conoció ayer en medio de la fuerte polémica desatada en las últimas horas, enrareciendo aún más el clima político que se vive en la Provincia.
El ministro Juan Carlos Codello fue quien inclinó la balanza al votar junto a Carlos Rubín y Eduardo Farizano, conformando una mayoría ajustada. Fernando Niz y Guillermo Semhan lo hicieron en disidencia. Ahora será el más Alto Tribunal de la Nación quien deberá expedirse frente a la apelación extraordinaria que hará el Fiscal de Estado.
El ministro Rubía recordó que Sotelo pidió que se tengan por «no escritas» las reformas de dos artículos y de una cláusula transitoria de la Constitución Provincial, recordando que en los temas habilitados para la reforma constitucional no surgía la inclusión del Ministerio Público.
Y advertía que de aceptarse las modificaciones atacadas, se caería en una situación de «gravedad institucional» que podría poner «en crisis el sistema judicial». Y justifica su fallo a favor de las pretensiones de Sotelo en que «el contenido predominantemente político de la reforma constitucional no es fundamento para evitar que sea revisada la reforma realizada».
DISIDENCIA
En sentido contrario, Semhan destaca las atribuciones de la Convención Constituyente. Agrega que «la declaración de inconstitucionalidad de las leyes es una cuestión de máxima gravedad institucional que constituye la última ratio del orden jurídico, cuanto mayor es la obligación de obrar con prudencia en el juzgamiento de la posible declaración de nulidad de una norma constitucional, pues la zozobra e inseguridad que provocaría tal declaración en la sociedad, obliga a actuar con suma cautela». En este último punto citaba al ex procurador general Nicolás Becerra, frente a un caso similar.
Ayer los cinco jueces del Superior Tribunal de Justicia deliberaron y resolvieron.
El Libertador
Desde hoy, la sociedad entera ingresará a un estado de debate.
Sábado, 7 de marzo de 2009