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Política
Ahora la justicia declaró la nulidad de la resolución que reglamenta la Boleta Única Electrónica
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Jueves, 6 de abril de 2017

Corrientes (6-4-17): El Juzgado Electoral resolvió hoy la cuestión de fondo en la causa planteada por los apoderados de la UCR, PP, ARI y ELI que solicitaban la suspensión de la aplicación de la Ordenanza N° 6502, que reglamenta la Boleta Única Electrónica. Declaró la nulidad de la resolución reglamentaria y aseguró los comicios municipales del próximo 4 de junio, destacando que a pesar de la anulación el problema se puede subsanar con el dictado de una nueva Resolución que cumpla con los requisitos requeridos.


En su parte dispositiva, el Juzgado Civil y Comercial N° 3 con competencia en lo electoral resolvió este mediodía, tras haber rechazado el miércoles la medida cautelar, declarar la nulidad de la Resolución N° 579/17 dictada por el Departamento Ejecutivo Municipal del 14 de marzo pasado, que reglamenta la Boleta Única Electrónica. E hizo saber a la ciudadanía en general y a los partidos políticos provinciales que esta decisión no modifica ni altera el normal curso del cronograma electoral para los próximos comicios municipales del día 04/06/2017, el que se encuentra plenamente vigente.

Para resolver de ese modo, la doctora María Eugenia Herrero entendió que la reglamentación era resorte del Ejecutivo Municipal, desde donde se debía convocar en función de lo estatuido en el artículo 29 inciso 1) de la Carta Orgánica Municipal de conformidad al artículo 225 inciso 3) de la Constitución provincial, a elecciones generales municipales con “audiencias públicas con los partidos políticos para tratar cuestiones de interés, recibir consultas y sugerencias que deberían ser resueltas en forma escrita”.

Señaló que ese recaudo no resultaba antojadizo habida cuenta que la participación, tanto ciudadana como de las agrupaciones partidarias, constituía uno los principios electorales de mayor transcendencia.

Los amparistas, Alfredo Oscar Vallejos -Unión Cívica Radical (UCR)-, Juan José López Desimoni -Partido Popular Correntino (PP)-, Gabriela Alejandra Gauna -Partido Afirmación para una República Igualitaria (ARI)- y Fabián Alfredo Darré -ELI Encuentro Liberal- habían alegaron una serie de cuestionamientos sobre el sistema de Boleta Única Electrónica respecto a los cuales “no tuvieron posibilidad de expresar y de discutir”.

Por ello, la Resolución N° 579 reglamentaria de la Ordenanza N° 6502, goza de un vicio que acarrea su nulidad, pudiendo subsanarse dictándose una nueva que cumpla con los requisitos requeridos.


Jueves, 6 de abril de 2017

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