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Política
El STJ hizo los deberes. Obediencia de Vida
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Martes, 31 de octubre de 2017

Corrientes (31-10-17): El Superior Tribunal de Justicia (STJ) como un claro apéndice del poder político encaramado en el radicalismo hizo los deberes, y no admitió los recursos extraordinarios de la Alianza Frente Corrientes Podemos Más, que cuestionó el escrutinio definitivo de las elecciones del último 8 de octubre, donde con un amañado recuento le birlaron una banca de diputado provincial.

La Corte Provincial declaró inadmisibles los recursos extraordinarios de los apoderados de la Alianza Frente Corrientes Podemos Más, en los que reclamaba irregularidades en los resultados finales, donde cualquiera, con solo observar las planillas de las mesas de votación, advertía que fueron adulteradas. Las pruebas eran abundantes, pero cada una de ellas fue rechazada en primera instancia por el presidente de la Junta Electoral Provincial, Gustavo Sánchez Mariño. Con el transcurso de los días se descubriría que Sánchez Mariño fue favorecido por el Consejo de la Magistratura, que justamente integra el gobernador electo Gustavo Valdés, para integrar una terna de candidatos a cubrir una vacante en el Tribunal Federal de Apelaciones con asiento en Resistencia (Chaco). La desprolijidad fue tan evidente, que hasta algunos medios nacionales dieron cuenta de la noticia.

El motivo central del reclamo de los apoderados en la causa EDF 114/17 “RECURSO DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA POR LA JUNTA ELECTORAL EN EL ACTA NRO. 148 DE FECHA 14.10.17” era la “inconsistencia entre los resultados informados por el Centro de Cómputos oficial y los que a primera vista surgían de los cómputos propios” referidos a las elecciones provinciales del pasado 8 de octubre. Los apoderados habían calificado de arbitraria la decisión de la Junta Electoral porque no se les había concedido una prórroga razonable para poder fundamentar esas diferencias aritméticas, según informó del departamento de prensa del Poder Judicial su página web. Allí destacan que los Ministros Eduardo Panseri, Luis Eduardo Rey Vázquez, Alejandro Alberto Chaín, Fernando Augusto Niz y Guillermo Horacio Semhan, coincidieron en señalar que la Cámara de Apelaciones Contencioso Administrativo no había incurrido en incongruencias ni vicios que habilitarían la procedencia del recurso de nulidad. Manifestaron que tampoco se impugnó el proceso de validez de una ley, decreto, ordenanza o reglamento bajo la pretensión de ser contrarios a la Constitución de la Provincia. Añadieron que los apoderados de la Alianza Frente Corrientes Podemos Más sólo expusieron su discordancia con el análisis efectuado por la Cámara y la decisión adoptada. En realidad, solo cerraron el círculo de impunidad de un viciado sistema electoral que favorece claramente a la trampa, aunque lo peor del caso, es que la propia justicia, es la que finalmente encubre el irregular proceso.

La Cámara Radical

La Cámara en lo Contencioso Administrativo y Electoral, a la que justifica el STJ e su fallo, está conformado por juezas estrechamente ligadas a la Unión Cívica Radical y al actual gobierno de Ricardo Colombi.
María Herminia Puig asumió como jueza electoral (después sería camarista) estando afiliada al radicalismo, su marido Claudio Polich, es funcionario del gobierno y fue concejal del partido. Nidia Billinghurst, fue afiliada a la UCR y su familia siempre estuvo ligada a la conducción partidaria. Su esposo tiene negocios con el Estado provincial. Marta Altabe de Lértora, su marido el ingeniero Lértora, participó en varias licitaciones de obras públicas en Corrientes, inclusive del propio Poder Judicial, como también en emprendimientos privados vinculados a funcionarios del gobierno local.


Martes, 31 de octubre de 2017

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