El Gobierno de Raúl Castro ampliará la edad mínima de jubilación de los cubanos en cinco años a partir de 2009 de acuerdo a un anteproyecto del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social que estudiará el Parlamento.
El anteproyecto de ley sobre cambios en la seguridad social, que será presentado mañana en la primera sesión ordinaria de esta legislatura del Parlamento cubano, prevé la ampliación de la edad de jubilación para los mujeres de 55 a 60 años y para los hombres de 60 a 65.
"No serán medidas al tremendismo neoliberal", señaló en el Parlamento el ministro de la cartera de Trabajo, Alfredo Morales, de acuerdo a la agencia estatal "Prensa Latina", al explicar que el incremento de la edad de jubilación extiende de 25 a 30 años el tiempo de servicio.
El ministro indicó que será un proceso que se aplicará "poco a poco", y adelantó que de aprobarse entraría en vigor en 2009 y concluiría en 2015.
En Cuba la jubilación es voluntaria.
Morales explicó que el documento será sometido previamente a un proceso de consultas con los trabajadores antes de ser sometido a la aprobación del Parlamento en diciembre próximo.
Informó, además, que el Gobierno estudia un conjunto de medidas que estimulen la natalidad, además de otras en el terreno laboral y de la seguridad social, ante el envejecimiento de la población de la isla.
"Es una necesidad ineludible para la nación la elevación de la productividad del trabajo", agregó.
El presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular de Cuba, Ricardo Alarcón, anunció que el debate popular sobre las modificaciones a la Ley de Seguridad Social comenzará en septiembre, según dijo la Agencia de Información Nacional.
De acuerdo a estudios demográficos oficiales, para 2025 Cuba tendrá una de las poblaciones más envejecidas del continente, y unas 770.000 personas menos en edad laboral que en 2007.
Según dijo el ministro, la nueva legislación también plantea otorgar otras garantías a los trabajadores como el cambio en el cálculo de las pensiones, lo que en su opinión, significará un aumento de esos pagos, además de pagos adicionales por cada año que sobrepase los 30 exigidos por la ley.
Viernes, 11 de julio de 2008