La empleada de una línea aérea recibió una indemnización de más de 30 mil pesos tras considerarse despedida porque su jefe aludía constantemente y delante de otra personas a sus atributos físicos, destacando -según indica el fallo- sus “tetas grandes”.
La Cámara Laboral dio por probado que “el jefe de la actora, formulaba habitualmente comentarios a otros dependientes (compañeros de trabajo) y a la propia accionante respecto del tamaño de su busto y sobre sus caderas”. Ello “causó a la actora una lesión en sus sentimientos por el sufrimiento o el dolor que ha debido soportar (consecuencia directa de dicho proceder), por lo que -dijeron los jueces- corresponde reparar el quebranto que supone la privación o disminución de aquellos bienes que tienen el valor fundamental en la vida del hombre y que son la paz, la tranquilidad del espíritu, la libertad individual, la integridad física, el honor y los más caros sentimientos”.
El fallo fue adoptado por la Sala Cuarta de la Cámara laboral, que condenó a Trans American Airlines S.A. a indemnizar a la empleada con 33.165,57 pesos más intereses por el despido y el daño moral que las circunstancias que padeció le causaron. La ruptura laboral se produjo hace exactamente seis años, el 8 de julio 2003, cuando la mujer no se presentó a trabajar después de una licencia por “indicación médica”, pese a lo cual la empresa aérea la despidió.
“Las manifestaciones formuladas públicamente por el gerente de base en relación con el tamaño del busto y de las caderas de la actora bien pudieron haber afectado a ésta en su plano psíquico y es razonable que, en tales condiciones, la actora las haya asociado a una situación de acoso sexual”, sostiene el fallo. Los camaristas valoraron el relato de una compañera de trabajo de la empleada despedida, quien recordó que el gerente “manifestaba, respecto de la actora, que tenía tetas grandes, cosa que también decía a la testigo”. Esos comentarios, añadieron los jueces, “resultaron inapropiados, en especial teniendo en cuenta que provinieron de un superior jerárquico que tenía injerencia sobre la actora tanto en lo que respecta al establecimiento de sus turnos como -es de suponer- a su propia permanencia en la empresa”.
Viernes, 10 de julio de 2009