Son las nuevas penas para los automovilistas que circulen en la Provincia con exceso de velocidad, crucen con el semáforo en rojo, manejen alcoholizados etc.
Así lo prevé el decreto 532/09 que reglamenta la ley de Tránsito provincial 13.927, que entrará en vigencia el 10 de agosto. La norma crea además el Registro Unico de Infractores (RUI), que prevé el sistema de descuento de puntos o scoring por las inhabilitaciones para conducir.
Ante un conductor que acumule tres infracciones de carácter grave, como puede ser circular a exceso de velocidad, cruzar con el semáforo en rojo o girrar en U, el juez de faltas podrá resolver retirarle la licencia por un plazo de 6 meses, un año o más tiempo.
A partir del lunes, todos los jueces de Faltas de la provincia aplicarán una escala tarifaria que fija los montos por Unidades Funcionales (UF) equivalentes a un litro de nafta de alto octanaje, que actualmente cuesta 3,20 pesos. Según establece la reglamentación, el automovilista que cruce el semáforo en rojo sufrirá una multa de entre 960 y hasta 3.200 pesos.
Una sanción similar recibirá quien gire a la izquierda o en U, quien carezca de cédula verde o licencia para conducir o no haya realizado la VTV y quien no use luces bajas en rutas. Los conductores que circulen a exceso de velocidad sufrirán multas de entre 480 y 3.200 pesos, según establece el decreto.
Además, a quienes el test de alcoholemia les dé positivo les aplicarán multas de entre 960 y 3.200 pesos mientras que los que se nieguen a hacer la prueba de alcohol en sangre recibirán multas de entre 1.600 y 3.840 pesos.
El mal estacionamiento será sancionado con multas de entre 320 y 960 pesos; circular sin seguro llevará a pagar de 160 a 1.600 pesos, los que no usen cinturón de seguridad tendrán sanciones de entre 160 y 320 pesos y los que se detengan sobre la senda peatonal deberán oblar por la infracción de 160 a 320 pesos.
El decreto prevé que aquellos motociclistas que circulen sin casco sufrirán multas de entre 160 y 320 pesos. La norma establece además el Acta Unica de Infracción, donde se asentarán los datos del infractor, el vehículo, la fecha y hora y el tipo de infracción. El conductor que acepte la sanción percibirá un descuento del 50% del valor de la multa, pero la infracción quedará asentada en el Registro Unico.
El decreto crea veinte Juzgados Administrativos de Faltas que se encargarán de juzgar y penalizar las infracciones de tránsito cometidas en rutas y caminos de la provincia de Buenos Aires.
Además, desde el 29 de julio está vigente el Registro Nacional de Inhabilitados (RNI) para conducir, que en esta primera etapa incluye a la Capital Federal y las provincias de Buenos Aires, La Pampa, Chubut, Misiones, Tierra del Fuego, Neuquén y Salta.
El director Ejecutivo de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), Felipe Rodríguez Laguens, señaló que esos distritos abarcan "más del 70% de los inhabilitados del país". "Ahora, quienes queden inhabilitados en una jurisdicción, ya no podrán cruzarse a otra para obtener su licencia de conducir nuevamente", añadió el titular de la ANSV, que depende del Ministerio del Interior.
El RNI brindará a cada una de las jurisdicciones una base de datos única de las personas inhabilitadas para conducir que deberá ser consultada al momento de dictar sentencias en procedimientos contravencionales y al expedir nuevas licencias o renovar las existentes.
Lunes, 10 de agosto de 2009