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Judiciales
“No existió una asociación ilícita y la acusación nunca lo pudo demostrar”
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Lunes, 28 de marzo de 2022

Paso de los Libres (27-3-22): Lo sostuvieron en sus alegatos, los doctores Julio Vischi, e Iván Escalante, abogados defensores de “Cacho” Banda, y Pompeya Fernández, imputados en la denominada causa “aduana”. Vischi cuestionó la fase de instrucción de la investigación judicial, y el acumulamiento de causas. Por su parte, Escalante expresó que “las imputaciones están basadas en indicios, acusaciones vagas y con falta de precisión, apoyadas en tergiversaciones de escuchas e interpretaciones que hicieron los investigadores de la PSA”.
Por Ignacio Villanueva - confirmado.com.ar




En el ámbito de las audiencias de alegatos, por la causa denominada “aduana” y “lavado de dinero”, llevadas a cabo entre los días miércoles 16 y jueves 17 de marzo pasado, los doctores Julio Vischi e Iván Escalante, abogados defensores de “Cacho” Banda, y Pompeya Fernández, alegaron ante el Tribunal Federal de Corrientes.

Banda y Fernández, están acusados por el Ministerio Público Fiscal, de los “supuestos” delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, cohecho pasivo, contrabando, agravado por la habitualidad, número de intervinientes y por ser funcionarios públicos en ejercicio.

El Dr. Julio Vischi, cuestionó el desorden de la investigación judicial, en su fase de instrucción, al respecto dijo que “con la mezcla de tantos delitos, tantos hechos y tantas causas acumuladas, en definitiva, ni se sabía lo que se estaba investigando”.

Aseguró que “ni Banda ni Fernández, cometieron el delito de contrabando del que se los acusa, a tal punto, que las dos querellas, la UIF y AFIP-DGA, no lo acusan a Banda por contrabando, ni asociación ilícita, sino solamente por incumplimiento de los deberes de funcionario público, solo sostiene la acusación, el Ministerio Público”, agregó que “Banda no pudo haber cometido el delito de contrabando porque no era el jefe del puente, sino de la parte operativa, el jefe del puente era otro funcionario aduanero, no obstante los jefes acreditaron que constante y reiteradamente, Banda les decía POR FAVOR, NECESITO GENTE, NECESITO RECURSOS HUMANOS, NO DAMOS ABASTO”.

El letrado, aclaró que “en el Código Aduanero, no todo es contrabando, eso no significa que todo lo que sea un error, ya configura un contrabando calificado, precisamente porque no se dan los elementos de un delito” prosiguió diciendo “se puede dar de una infracción aduanera, que es punida con multa y que está prevista en el Código”.

Recalcó en su alegato, “que la investigación está basada solamente en escuchas, muy cuestionadas, y tanto Banda como Fernández, quedó demostrado que nada los vincula con otros aduaneros, o acusados en otras causas, o sea que no existe nada que pueda justificar una sentencia condenatoria, en absoluto contra ellos, porque no hay forma, porque jamás fueron mencionados en las escuchas, sin embargo estuvieron tres años presos”.

Por su parte, el abogado co-defensor, Dr. Escalante expresó que “las imputaciones están basadas en indicios, acusaciones vagas y con falta de precisión, apoyadas en tergiversaciones de escuchas e interpretaciones que hicieron los investigadores de la PSA”, añadió que “en cinco años que lleva esta causa, no han producido una sola prueba que demuestre fehacientemente, que se han llevado a cabo esas maniobras que ellos dicen”.

Además Escalante puntualizó “No existió una asociación ilícita y la acusación nunca lo pudo demostrar. Para que exista una asociación ilícita, tiene que haber una coordinación, los acusadores deben precisar los roles, que cumplen los supuestos integrantes de esta organización, y eso no ocurrió. En las escuchas, no surge ningún tipo de comunicación con los otros imputados, a lo que se suma, que de la infinidad de testigos, que presentó la acusación, durante el curso del debate oral, no hubo un solo testigo, que haya hecho una referencia concreta, a nuestros defendidos. En virtud de ello, nosotros solicitamos la absolución de Banda y Fernández, por la manifiesta orfandad de pruebas que tiene la causa”.

Para finalizar, el Ministerio Público Fiscal, pidió al Tribunal, ocho (8) años de prisión, para Miguel Banda, con inhabilitación especial perpetua para ocupar cargos públicos. Mientras que para Pompeya Fernández, la pena solicitada es de cuatro (4) años y seis (6) meses de prisión.

Mañana martes, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, integrado por los Dres. Víctor Alonso, Manuel Moreira y Enrique Bosch, dará a conocer su veredicto.

Por Ignacio Villanueva


Lunes, 28 de marzo de 2022

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