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Judiciales
Fundamentos del fallo de la denominada causa aduana y lavado de activos (segunda parte)
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Jueves, 19 de mayo de 2022

Paso de los Libres (19-5-22): ¿Cuáles fueron las acusaciones que pesaron sobre, Ricardo Aguirre, Clelia Espada, Gustavo Aguirre y Gerónimo Acebal?. ¿Qué argumentos utilizó el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, para decidir las absoluciones?. El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, integrado por los Dres. Víctor Alonso, Manuel Moreira y Enrique Bosch, bajo la presidencia del primero de los nombrados, dio a conocer los fundamentos del fallo en la denominada, causa aduana y lavado de activos.
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Sobre las absoluciones, a Ricardo Aguirre, Clelia Espada, Gustavo Aguirre el Tribunal, sostuvo que “no pudieron probarse los ilícitos denunciados. Si bien se solicitaron intervenciones telefónicas, no pudieron observarse mensajes que indiquen relación con los ilícitos imputados”.

Más adelante prosigue “debe señalarse que existe un grupo de expedientes en relación a una supuesta actividad de narcotráfico, contrabando y otros delitos indeterminados, según refiere el Ministerio Público Fiscal y la Unidad de Información Federal. Puede advertirse en primer lugar que todas las causas quedaron en niveles indiciarios de investigación, sin que se haya concretado la imputación a los nombrados.

Es más, solo se nombra en las causas a Ricardo Aguirre y lateralmente a Clelia Espada, para quien se alude a diversos hechos por dichos de otras personas, o por diálogos que se presentan dispersos, vagos, y sin que haya precisado el hecho, lugar, modo y fecha, lo que arroja excesivas dudas”.

En las conclusiones el Tribunal subraya "tanto los Aguirre como la señora Espada, traían como actividad económica desde hace décadas, la compraventa comercial de automotores, lo cual es una práctica que hace a la profesión de los nombrados, a su medio de vida y en las que se destacaron por su habilidad, conforme a los testimonios producidos y la documental acompañada” y finaliza “de toda la información recabada y de la deficiente tramitación de las causas imputadas a Ricardo Aguirre y su grupo familiar, en las que no se ha arribado en ninguna de ellas a una definición, ni esclarecer imputaciones que no tienen apoyo probatorio, deben beneficiarse con el principio de la duda”.

Ricardo Aguirre, Gustavo Aguirre y Clelia Espada fueron imputados por el MPF, por los delitos de “lavados de activos de origen ilícito, provenientes de delitos precedentes indeterminados, vinculados a la trata de personas, narcotráfico, contrabando de divisas, cambio marginal con habitualidad y como miembro de una asociación a banda para la comisión continuada de hechos de esta naturaleza, realizado en nombre, o con la intervención, o en beneficio de una persona de existencia ideal, en concurso real con asociación ilícita”.

En cuanto a Gerónimo Acebal, la acusación que pesaba sobre él, era la misma que los anteriormente mencionados.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, también resolvió su absolución.

En sus fundamentos, el Tribunal sostuvo que “en cuanto a las acusaciones vertidas sobre Gerónimo Acebal, sobre supuestos hechos ilícitos que habría cometido, para luego reinvertir el producido de ellos en bienes que incrementaron su patrimonio, debemos apuntar varias cuestiones”.

Agrega “en primer lugar, luego de desarrollado el debate, y producida las pruebas ofrecidas, no se advierte relación alguna entre Acebal y el resto de los imputados, en cuanto a la hipótesis, de una organización delictiva; en segundo lugar no surge de la prueba arrimada, que pueda acreditarse la comisión de ningún ilícito, o actividades ilegales, que le hayan reportado beneficios económicos, que hiciera ingresar a su patrimonio, mediante la adquisición de algún tipo de bienes. Respecto de los bienes que constituyen su patrimonio, la defensa, ha presentado documentación, y de los testigos que declararon, no se puede extraer que Acebal, tuviera otros interés paralelos ilegítimos”.

Por último puntualiza “no existen conversaciones telefónicas de Gerónimo Acebal, de donde se pueda extraer algún indicio, de aquellos que conforman la plataforma fáctica imputada por los actores penales”, concluyendo “no han sido probados suficientemente los extremos de la acusación, por lo que se concede el beneficio de la duda al imputado”.

Hasta el martes último, las versiones extraoficiales, indicaban que el Fiscal Federal, Dr. Carlos Schaefer, habría apelado las absoluciones dispuestas por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes.

Segunda parte

Por Ignacio Villanueva


Jueves, 19 de mayo de 2022

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