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Política Ajuste
Confirman el cierre de la Oficina Migratoria de Paso de los Libres. Boletín Oficial Disposición 1627/24
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Martes, 18 de junio de 2024

Paso de los Libres (18-6-24): Según el Boletín Oficial esta decisión es tomada a raíz de una evaluación del funcionamiento de las Delegaciones y Oficinas Migratorias de cada una de las sedes de la Dirección Nacional de Migraciones ubicadas en el interior del país. Cabe destacar que la Oficina de Control Migratorio de Paso de los Libres, desde el mes de diciembre pasado no contaba con personal afectado

La Dirección Nacional de Migraciones formalizó este martes el cierre definitivo de la oficina de trámites en Paso de Los Libres.

El documento oficial destaca las Oficinas Migratorias Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate, cuentan con un escaso número de trámites, siendo la producción diaria de un (1) turno confirmado en cada una de ellas.

El delegado de la institución en Corrientes, Ángel Koffman, confirmó al El Litoral que "los agentes migratorios están cumpliendo funciones en el paso fronterizo normalmente con diferentes turnos rotativos".

Además, Koffman informó que no hubo despidos y que La Delegación de Migraciones atenderá los tramites que antes hacía en esa dicha oficina.

"Se cerró la oficina, pero los agentes siguen prestando servicios, de igual manera, el paso fronterizo sigue realizando autorizaciones de menores, que es un trámite administrativo que tenía la oficina", concluyó el delegado.

Qué va a pasar con el acceso migratorio en Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate

El cierre de las oficinas migratorias Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate, no implicará la ausencia de representación de la Dirección Nacional de Migraciones en esas provincias. Tampoco impedirá el acceso a la regularización migratoria.

Según los considerandos de la disposición 1627, el Gobierno facultó a las delegaciones Corrientes, Mendoza y Río Gallegos a reasumir las funciones encomendadas y a gestionar las tramitaciones pendientes en las tres oficinas migratorias que decidieron cerrar.

“Encomiéndese a la Dirección de Delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones a arbitrar los medios necesarios, a fin de reasignar el patrimonio y el personal que dependen administrativamente de las Oficinas Migratorias Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate”, dicta la normativa.

BOLETIN OFICIAL
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
Disposición 1627/2024
DI-2024-1627-APN-DNM#MI
Ciudad de Buenos Aires, 13/06/2024

VISTO el Expediente EX-2024-56744983- -APN-DD#DNM del registro de la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado, la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016, las Disposiciones DNM Nº 813 del 4 de abril de 2014, Nº 6746 del 30 de diciembre de 2016 y sus modificatorias, N° 3127 del 21 de diciembre de 1995, N° 4919 del 5 de agosto de 1998 y N° DI-2021-246-APN-DNM#MI del 3 de febrero de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 1254/16 se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Interior del entonces Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda.

Que mediante las Disposiciones DNM N° 813/14 y N° 6746/16, se aprobaron las aperturas inferiores al primer nivel operativo de la estructura organizativa de la Dirección Nacional de Migraciones.

Que dicha estructura prevé el funcionamiento de Delegaciones y Oficinas Migratorias en el interior del país, las que se hallan instaladas en puntos estratégicos del Territorio Nacional.

Que mediante Disposiciones DNM N° 3127/95, N° 4919/98 y N° DI-2021-246-APN-DNM#MI, se crearon oportunamente las Oficinas Migratorias Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate, respectivamente.

Que por motivos de racionalidad y economía administrativa la Dirección de Delegaciones de esta Dirección Nacional ha realizado una evaluación pormenorizada de la situación de las Delegaciones y Oficinas Migratorias bajo su dependencia, a efectos de evaluar el funcionamiento de cada una de las sedes de la Dirección Nacional de Migraciones ubicadas en el interior del país.

Que, a tal fin, se analizó la demanda de trámites que los migrantes realizan en cada una de las dependencias, la cantidad de personal que desempeña funciones en las mismas y la representación institucional del Organismo en cada una de las provincias.

Que las Oficinas Migratorias Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate, cuentan con un escaso número de trámites, siendo la producción diaria de un (1) turno confirmado en cada una de ellas.

Que dada la dependencia funcional de las mismas con las Delegaciones Corrientes -Provincia de Corrientes-, Mendoza -Provincia de Mendoza- y Río Gallegos -Provincia de Santa Cruz-, la Dirección de Delegaciones de esta Dirección Nacional ha propuesto que las mencionadas Delegaciones absorban, en cada caso, la demanda de trámites de las citadas Oficinas Migratorias, así como la reubicación de su personal y de su patrimonio respectivamente.

Que por lo expuesto el cierre de las Oficinas Migratorias Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate no implicará la ausencia de representación de la Dirección Nacional de Migraciones en las citadas provincias, ni impedirá el acceso a la regularización migratoria que establece la normativa vigente, razón por la cual no resulta conducente mantener operativas las Oficinal Migratorias mencionadas.

Que la Dirección de Asuntos Legales dependiente de la Dirección General Técnica - Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley Nº 25.565, por el artículo 107 de la Ley N° 25.871, por el Decreto Nº 1410 del 3 de diciembre de 1996 y el Decreto N° DECTO-2024-37-APN-PTE del 8 de enero de 2024.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Procédase al cierre de las Oficinas Migratorias de Paso de los Libres, San Rafael y El Calafate, creadas mediante Disposiciones DNM N° 3127 del 21 de diciembre de 1995, DNM N° 4919 del 5 de agosto de 1998 y N° DI-2021-246-APN-DNM#MI del 3 de febrero de 2021, respectivamente.

ARTÍCULO 2°.- Facúltese a las Delegaciones Corrientes -Provincia de Corrientes-, Mendoza -Provincia de Mendoza- y Río Gallegos -Provincia de Santa Cruz- dependientes de la Dirección de Delegaciones de esta Dirección Nacional a reasumir las funciones delegadas oportunamente en las Oficinas Migratorias citadas en el artículo 1° de la presente Disposición.

ARTÍCULO 3°.- Autorícese a las Delegaciones Corrientes -Provincia de Corrientes-, Mendoza -Provincia de Mendoza- y Río Gallegos -Provincia de Santa Cruz- a gestionar las tramitaciones pendientes en las Oficinas Migratorias Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate, respectivamente.

ARTÍCULO 4°.- Encomiéndese a la Dirección de Delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones a arbitrar los medios necesarios, a fin de reasignar el patrimonio y el personal que dependen administrativamente de las Oficinas Migratorias Paso de Los Libres, San Rafael y El Calafate.

ARTÍCULO 5°.- Gírense las actuaciones a la Dirección General de Administración, a la Dirección General de Movimiento Migratorio, a la Dirección General de Inmigración, a la Dirección General de Sistemas y Tecnologías de la Información y a la Dirección de Delegaciones de la Dirección Nacional de Migraciones a fin de implementar las medidas necesarias que se requieran a efectos de dar cumplimiento con la presente medida.

ARTÍCULO 6° - La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 7° - Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sebastian Pablo Seoane

e. 18/06/2024 N° 38554/24 v. 18/06/2024


Martes, 18 de junio de 2024

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