Paso de los Libres (11-9-24): El bloque de Union por la Patria va a presentar en la sesión de hoy del Concejo Deliberante un Proyecto de Resolución referente al tema de los ajustes efectuados por el gobierno nacional respecto a la cobertura de los medicamentos a los jubilados por el PAMI, en donde, bajo el fútil e inhumano argumento del ajuste, que lleva a que, uno de los sectores más vulnerables tenga en muchos casos una sentencia de muerte debido a la imposibilidad de poder medicarse, con el agravante de que también se oponen a la Movilidad Jubilatoria aprobada hace unos dos meses por los dos tercios y que hoy se trataría el veto gubernamental, que cuenta curiosamente (o no) con el voto de legisladores radicales que la votaron a favor y que hoy, luego de una reunión con el propio Milei, en una suerte de banelquización de la política.
PROYECTO DE RESOLUCION
VISTO
Que el Instituto Nacional de servicios Sociales para Jubilados y Pensionados, más conocido como PAMI, modificó recientemente sus programas de cobertura de medicamentos afectando gravemente a sus afiliados y poniendo en riesgo la calidad de vida de nuestros adultos mayores. Y
Que la Convención Interamericana sobre Protección de los derechos Humanos de las Personas Mayores así lo estable en la Ley N° 27.370 / 17.-
CONSIDERANDO
Que, para dimensionar este cambio, es importante señalar que la canasta de medicamentos, que antes incluía casi 3000 productos derivados de las 167 moléculas cubiertas por el plan Vivir Mejor a principios de año, ahora se ha reducido a 2000 correspondientes a los 109 principios activos que siguen contando con cobertura.
Que de esta manera se produce una reducción de un tercio en la disponibilidad de drogas que se ofrecían de manera gratuita para el universo de afiliados al PAMI.
Que según se informó los últimos días de agosto, rigen nuevas condiciones para la cobertura de 44 fármacos que antes se entregaban en forma gratuita. Entre ellos se incluyen la morfina, la metadona, la pregabalina y el tramadol, todos utilizados en el tratamiento del dolor de alta intensidad.
Que es una decisión éticamente cuestionable excluir del 100% de cobertura a los opioides y otros remedios que se utilizan para aliviar dolores mientas se trata la causa de una enfermedad o cuando no es posible hacerlo y ellos permiten una buena calidad de vida.
Que el alivio del dolor es un derecho humano fundamental, restringir el acceso a opioides sólo agrava el sufrimiento y termina incrementando costos. Para muchos afiliados será una dificultad insalvable y a otros los obliga a un trámite administrativo que retrasa el acceso a la medicación y potencia el dolor y el sufrimiento.
Que las condiciones para acceder al llamado “subsidio social” destinado a personas afiliadas que no pueden abonar un medicamento, también fueron modificadas y obliga a estos afiliados prácticamente a presentar un “certificado de pobreza” para poder acceder a la cobertura.
Que, además, los medicamentos “de uso eventual”, en su mayoría drogas de venta libre, que anteriormente podían adquirirse con descuentos cercanos al 80%, ahora solo cuentan con un 40% de cobertura, valores nunca registrados históricamente y comparables solo con las coberturas de prepagas.
Que esa bonificación se aplicará sobre el precio real del medicamento, precio de mercado, no sobre el diferencial conocido como precio PAMI, un valor menor de convenio que tienen los medicamentos que se comercializan para afiliados PAMI. Esto significa que los jubilados que necesiten estos medicamentos pagarán lo mismo que una persona que no está afiliada al PAMI.
Que la obra social de los jubilados decidió recortar otros beneficios que también tendrán un impacto considerable en los más de cinco millones de afiliados al PAMI, una de estas decisiones es la reducción en la cantidad de “cajas ” de medicamentos sin cargo a las que tienen derecho los jubilados, que pasó de seis a cinco al mes, esta reducción significa que aquellos que necesitan una mayor cantidad de medicamentos tendrán que asumir un costo adicional, ya que si el número requerido supera las cinco cajitas deberán hacerse cargo como cualquier persona que no esté adherida a PAMI.
Que la jubilación mínima no superará los 305 mil pesos con bono incluido para el mes de septiembre.
Que el presidente Milei decidió vetar la ley votada en el Congreso de la Nación para lograr un incremento por encima del 8 por ciento y establecer una actualización mensual basada en el Índice de Precios del Consumidor.
Que Según el último informe del Centro de Economía Política Argentina (CEPA), al mantener congelado el valor del bono, las jubilaciones mínimas sufrieron un recorte en términos reales, equivalente a $52.000.
Que desde marzo, el bono compensatorio que vienen cobrando los jubilados fue congelado en $70.000, licuando mes a mes su capacidad de compra incluso con actualización por inflación.
Que casi la totalidad de los jubilados y pensionados, alrededor del 90 % son considerados pobres o indigentes, si se compara el valor de las canastas básicas con el haber que reciben mensualmente, no pudiendo ni siquiera cubrir los gastos de alimentación.
Que es permanente la falta de sensibilidad de las autoridades centrales sobre la realidad de los adultos mayores, claramente expresada cuando se expresas sobre ellos, en alusión a enfermedades propias del avance de la edad.
Que tienen derecho a recibir servicios de salud de calidad tal como lo establece la Convención Interamericana sobre Protección de los Derechos Humanos de las personas mayores, y que justamente su mayor gasto se encuentra en la atención médica, su traslado, su cuidado y la compra de medicamentos.
Por ello, el CONCEJO DELIBERENTE DE PASO DE LOS LIBRES EN USO DE SUS ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS.
RESUELVE:
Artículo 1.- Repudiar y rechazar las medidas impuestas por el Poder Ejecutivo Nacional, respecto al recorte de la cobertura de los medicamentos a jubilados y pensionados, través de la Obra social PAMI, como así también, a los diferentes ajustes en beneficios y servicios.-
Artículo 2.- Elevar el siguiente proyecto a los diferentes Concejos Deliberantes de la Provincia de Corrientes.
Artículo 3. – De forma.-
Miércoles, 11 de septiembre de 2024