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Política
El 72,4% de partidos no cumple con la ley electoral
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Lunes, 15 de marzo de 2010

Se trata del porcentaje de incumplimiento en Corrientes. 21 de 29 representaciones vigentes no cuentan con la cantidad mínima de afiliados exigida. Si no regularizan en 73 días, caducan.
La lista de los intimados en Corrientes.


La Justicia Nacional Electoral intimó a 21 de los 29 partidos políticos del distrito Corrientes, a completar la cantidad mínima de afiliados requerida por la ley bajo apercibimiento de caducidad. La exigencia dejó al descubierto un alto grado de incumplimiento en el territorio provincial, a sólo tres meses de la entrada en vigencia de la norma Nº 26.571, ley de democratización de la representación política, equidad y la transparencia electoral.

Según informó a La República la Cámara Nacional Electoral, el 72,4 por ciento de los partidos políticos del distrito Corrientes, no cuenta con el mínimo de afiliados que exige la nueva ley electoral.

A través de la Secretaría Electoral del Juzgado Federal local con competencia electoral, se intimó a los 21 partidos políticos en falta a cumplir con la requisitoria. La demanda se concretó el 26 de febrero y vence el mismo día de mayo próximo.

Importa recordar que según la ley orgánica de los partidos políticos Nº 23.298, que fue modificada por la Nº 26.571, cada partido debe tener obligatoriamente como mínimo la cantidad de 2.709 afiliados, “o en caso contrario pierde su personería política”, advirtió una fuente de la Cámara Nacional Electoral.

“Para mantener su personería política, la ley establece que los partidos deben contar con el cuatro por mil del padrón electoral del distrito, de manera que en Corrientes esa cifra significa como mínimo 2.709 afiliados”, agregó el vocero.

Los partidos correntinos en falta y que fueron intimados son: Afirmación para una República Igualitaria (ARI), Movimiento de Integración y Desarrollo (MID), Demócrata Cristiano (PDC), Intransigente, Federal, Demócrata Progresista (PDP), Comunista (PC), Conservador Popular, Unión del Centro Democrático (UCD), Nacional Constitucionalista, Movimiento Libres del Sur, Frente Grande, Acción por la República, Recrear para el Crecimiento, Socialista, De la Victoria, Propuesta Republicana, Acción Transformadora, Nueva Dirigencia, 17 de Noviembre y Crecer con Todos.

En cambio, cumplen con esta disposición legal los partidos: Liberal (PL), Autonomista (PA), Justicialista (PJ), Unión Cívica Radical (UCR), Nuevo (Panu), de Todos, Popular (PP) y Movimiento de las Provincias Unidas.

La nueva ley electoral, Nº 26.571 modificó además de la orgánica de los partidos políticos, Nº 23.298, las normas: Nº 26.215 de financiamiento de los partidos políticos, la del Código Electoral Nacional y la que crea el régimen legal referido a las elecciones primarias abiertas, simultáneas y obligatorias.

Reconversión
Entre los partidos que fueron intimados está Acción Transformadora. Este medio informó días atrás que esta representación política decidió orgánicamente transformarse en la Generación para un Encuentro Nacional (GEN) en la provincia, expresión liderada por la diputada nacional Margarita Stolbizer.
“Es un importante paso político para Corrientes”, dijo el ex candidato a intendente por este partido, Ángel Colombo.

Antecedentes
Más allá de la vigencia de nuevas disposiciones a través de una norma recientemente entrada en vigencia como la Nº 26.571, la historia testimonia que los partidos políticos del distrito Corrientes siempre tienen dificultades a la hora de cumplimentar la ley.

Ya en agosto de 2008, de los entonces 32 partidos políticos inscriptos ante la Justicia Federal correntina, sólo 10 poseían su documentación en regla, por lo que les fueron suspendidos los fondos de campaña a los restantes 22. En aquel contexto les fueron suspendidos los montos destinados a las campañas proselitistas. “Simplemente porque no cumplieron con la documentación requerida y por ende haber incumplido las normativas vigentes en materia de rendición de cuentas”, informó en la oportunidad una fuente oficial.

Los partidos políticos deben rendir cuentas de cómo y en qué forma gastaron los fondos enviados por el Ministerio del Interior. Esa información debe estar avalada por la rúbrica de un profesional (generalmente en ciencias económicas). También debe estar detallado el destino de los montos. Y en aquel tiempo, los 22 partidos no cumplieron con ese requisito de rendir el balance anual de los fondos, agregó. Esta tramitación debe realizarse dentro de los noventa días posteriores de cada acto eleccionario.

Entre los partidos que estaban en falta se encontraban la UCR, el Panu y el Partido Autonomista. Mientras que sí cumplían con la exigencia, el PJ y el PL.

Walter Joaquín Disanti
wdisanti@diariolarepublica.com.ar


Lunes, 15 de marzo de 2010

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