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Política - Justicia
El STJ falló a favor de Monte Caseros y dispuso la suspensión de un decreto del gobernador Ricardo Colombi
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Viernes, 17 de febrero de 2012

Monte Caseros (17-2-12): El Superior Tribunal de Justicia Fallo a favor de la Comuna casereña y dispuso la suspensión de la aplicación del Decreto Nº 1339/11, que sumaba un integrante por el Gobierno Provincial a la Comisión Administradora de los Fondos de Salto Grande.

En el mes de septiembre de 2011, la municipalidad de Monte Caseros promueve acción contra el Estado Provincial, peticionando la nulidad del Decreto 1339/11, por medio del cual el Ejecutivo Provincial, agregaba un funcionario titular más a la Comisión Administradora de los Fondos de Salto Grande; estableciendo de esa forma una mayoría a favor del Estado Provincial y desvirtuando la igualdad de condiciones con el municipio reconocida en la ley 5390 de creación de la Comisión Administradora.

La conformación de la comisión se venía respetando desde la creación de la ley ( año 1999) , los titulares de la cuenta de Salto Grande eran, un representante de la provincia y un representante del municipio de Monte Caseros, esta participación fue cercenada con el dictado del Decreto 1339 que agregaba a los titulares el nombre del contador Gazzo (tesorero de la provincia) y además decía " que con la firma de dos, era suficiente, y la del contador Jorge Gazzo, era imprescindible..." de esta forma, Colombi pretendía dejar fuera de la Administración al Representant.e de Monte Caseros (el Intendente Galantini).

Es aquí donde se advierte la violación a lo normado por la ley provincial 5390, toda vez que, además de incluir un funcionario extraño a la Comisión, lo erige como firmante indispensable para el libramiento de cheques contra la cuenta donde se encuentran depositados los Fondos Especiales de Salto Grande, pudiendo hacerlo con la firma del otro funcionario provincial (el Ministro Godoy) relegando así la participación necesaria del representante de Monte Caseros.

Sintiendo que esto vulnera los derechos del Municipio de Monte Caseros, en cuanto a la administración de los fondos, se presenta y promueve acción de nulidad y dentro de la misma una medida cautelar de no innovar, es decir mantener el estado de hecho y derecho anterior al dictado del decreto, medida que, el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes, consideró ajustada a derecho, haciendo lugar a la misma, por medio de la resolución número 1 de fecha 15 de febrero de 2012, disponiendo la suspensión de la aplicación del Decreto Nº 1339/11.


Viernes, 17 de febrero de 2012

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