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Política
Duro revés judicial para Valdés, un juez otorgó un hábeas corpus para el libre tránsito del Puente Gral. Belgrano
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Miércoles, 18 de noviembre de 2020

Corrientes (18-11-20): Un juez chaqueño ordena a los gobiernos del Chaco y de Corrientes a garantizar el libre tránsito con las medidas sanitarias debidas para los ciudadanos que deban transitar el Puente Gral. Belgrano. Hace responsable personalmente a los gobernadores de su cumplimiento. De no dar cumplimiento el estado correntino será pasible de pagar una multa diaria de $100 mil.

El Juzgado Civil y Comercial N° 21 del Chaco hizo lugar a la medida solicitada por un grupo de habitantes de la vecina provincia. De incumplir el dictamen, fijó una sanción en $100 mil diarios a costas del Estado correntino por cada peticionante que vea lesionado su derecho.

Pidieron además que se declare “la inconstitucionalidad e ilegitimidad de los Decretos Provinciales atacados (Decretos Provinciales Nº 588/2020, 631/2020, 650/2020, 697/2020, 710/2020, 740/2020, 790/2020, 826/2020, 880/2020, 1.188/2020, 1.340/2020, 1378/2020 y 1.430/2020)”.

El magistrado Julián Fernando Benito Flores, expresa en su dictamen las diligencias que deberán cumplir el Poder Ejecutivo correntino para poder cumplir su medida mientras se resuelva la cuestión de fondo que es un amparo colectivo.

De no cumplirla, correrá por día una sanción pecuniaria de $100 mil que irá a cuenta del erario del Estado correntino.

“Permitiéndoseles así el ingreso a la Provincia de Corrientes y a los Municipios donde se encuentran sus propiedades, familiares y parejas -obrando documental respaldatoria del derecho de propiedad, como así también detalle de cada grupo familiar-, todo, hasta tanto se resuelva la acción principal”, explica el magistrado.

“Relatan como antecedentes de su requerimiento jurisdiccional, que el agravamiento de la situación epidemiológica a escala nacional requirió la adopción de medidas inmediatas para hacer frente a la emergencia dando lugar al dictado del Decreto Nº 297/20, por el cual se dispuso el "aislamiento social, preventivo y obligatorio" en todas las provincias y que los mismos se fueron prorrogando con el transcurso de los días”, expone en el juez en el dictamen.


El texto de la Resolución Judicial:


R E S U E L V O :
I).- DECLARAR HABEAS CORPUS COLECTIVO en favor de los accionantes y con efecto ERGA OMNES, a quienes deberá GARANTIZARSE LA LIBRE CIRCULACIÓN por el paso interprovincial
Chaco/Corrientes (Puente General Manuel Belgrano), con la observancia de las Medidas de prevención para el coronavirus (SARS-Cov-2) y otras enfermedades respiratorias emitidas por el Ministerio de Salud de la Nación, citadas en los considerandos, conforme a los fundamentos antes expuestos.
II).- HACER SABER a los ACCIONADOS, que DEBERAN ACEPTAR COMO VÁLIDOS LOS HISOPADOS REALIZADOS EN LABORATORIOS Y/O INSTITUCIONES PUBLICAS Y/O PRIVADAS, LAS QUE TENDRÁN VIGENCIA DENTRO DE LOS QUINCE (15) DÍAS DE PRACTICADAS.
III).- CONMINAR A LAS ACCIONADAS, para que la habilitación de PERMISOS sea llevada a cabo en tiempo y forma, de modo tal que permitan cumplir con la libre circulación de los ciudadanos. DISPONIENDO QUE ANTE EL INCUMPLIMIENTO DE ESTA RESOLUCION, se APLICARÁN ASTREINTES, las que se fijan precautoria y prudencialmente en la suma de
Pesos CIEN MIL ($100.000) por cada día de demora, haciendo personalmente responsable al GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES (art. 37 del CPCC); con HABILITACION DE DIAS Y HORAS INHABILES.-
IV).- COMUNIQUESE al GOBIERNO DE LA PROVINCIA DEL CHACO, a los MINISTERIOS DE SEGURIDAD Y JUSTICIA, y AL MINISTERIO DE GOBIERNO DEL CHACO.
V).- NOTIFÍQUESE a la accionante RESOLUCION Nº 2380 STJCH -NOTIFICACION POR CORREO ELECTRONICO-, a la accionada y a la Provincia del Chaco y sus Ministerios, conforme lo dispone el art. 151 del CPCC -medio fehaciente- debiendo informar sobre su cumplimiento
y/o toma de razón en el término de cuarenta y ocho (48) horas de notificado en legal
forma, bajo apercibimiento de ley.
VI).- REGÍSTRESE, protocolícese, notifíquese y efectúense las comunicaciones correspondientes.
JULIAN FERNANDO BENITO FLORES
Juez-Juzg. Civ. y Com. Nº21


Miércoles, 18 de noviembre de 2020

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