Corrientes (5-3-22): Desde febrero Vialidad Nacional flexibilizó medidas de seguridad para transportar rollos y megafardos destinados a Corrientes. Esta medida de excepción se aplica por la emergencia que atraviesa la ruralidad de Corrientes tras los incendios. El Jefe del Distrito 10, Arq. Daniel Flores recordó la existencia de una Disposición emitida en Mayo de 2019 y ratificada en Febrero de 2022, que flexibiliza las medidas de seguridad para el transporte de estos alimentos para ganado. Se permitirá que sean “apilados dos rollos en lugar de uno, siempre y cuando no excedan la altura de 4,30 metros”. Que “ningún puesto tiene problema con el paso de estos equipos especiales” y los permisos “serán renovados si la emergencia lo amerita”, explicó el titular de Vialidad Nacional Corrientes.
El Jefe del Distrito 10 de Vialidad Nacional, Arq. Daniel Flores, informó que en febrero último el organismo nacional ratificó la flexibilización de las medidas de seguridad para el transporte de rollos y megafardos en carretones agrícolas y viales con destino a Corrientes, en el marco de la emergencia agropecuaria que atraviesa la Provincia debido a los incendios rurales y forestales.
Recordó la existencia de la Disposición Conjunta de Mayo de 2019 mediante la cual la Subsecretaría de Transporte Automotor y la Dirección Nacional de Vialidad permiten “el transporte de rollos y/o megafardos de pasto y/o alfalfa sobre carretón agrícola, siempre que los mismos no excedan el ancho del carretón y que se transporten apoyados dentro del equipo”.
“Esta disposición fue ratificada con la nueva Disposición del 24 de Febrero del 2022. Además ningún puesto tiene problema con el paso de estos equipos especiales”, remarcó Daniel Flores y agregó que “el sistema de permisos está funcionando bien y serán renovados si la emergencia lo amerita”.
Daniel Flores remarcó que “en este contexto donde Corrientes está recibiendo donaciones para los productores, los controles van a ser más permisivos con el tema de apilar dos rollos en lugar de uno como se debería, siempre y cuando no excedan la altura de 4,30 metros”.
El funcionario además explicó que esta disposición, emitida en mayo de 2019, incluyó el transporte de este tipo considerando que “son productos utilizados en momentos de escasez y que permiten la supervivencia de animales en zonas afectadas por sequías”.
Sábado, 5 de marzo de 2022